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Así será el salario mínimo para 2022 según tu oficio

30 diciembre, 2021

Fue el pasado 1 de diciembre cuando la Conasami aprobó un aumento global del 22% en el salario mínimo en México; así quedan las distintas ocupaciones

Fue el pasado 1 de diciembre cuando la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) aprobó un aumento global del 22% en el salario mínimo en México. Este se dio con apoyo de todos los sectores, el Gobierno de México, los sindicatos y los empresarios, según informó el Consejo Coordinador Empresarial (CCE). Sin embargo, la pregunta es, ¿cuál será el salario mínimo para 2022?

Con este aumento, a partir del 1 de enero de 2022 en México, el salario mínimo pasa de 141.70 a 172.87 pesos al día, mientras que en la frontera norte pasa de 213.39 a 260.34 pesos diarios.

Junto con la noticia del aumento al salario mínimo para 2022, la Conasami publicó una lista de cómo quedarán los pagos en las diferentes zonas (frontera norte y resto del país) en las distintas ocupaciones (cargos).

Lista de salarios mínimos 2022 (*Zona norte)— (**Resto del país)

Albañil: (*$260.34) — (**$199.42)
Dependiente boticas, farmacia, droguería: (*$260.34) — (**$176.28)
Operador buldozer y/o traxcavo: (*$260.34)—(**$208.91)
Cajero(a) de máquina registradora: (*$260.34) — (**$179.34)
Cantinero(a) preparador de bebidas: (*$260.34)—(**$183.01)
Carpintero(a) de obra negra: (*$260.34) — (**$199.42)
Carpintero, reparación de muebles: (*$260.34) — (**$196.14)
Cocinero restaurantes, fondas, etc: (*$260.34) — (**$201.95)
Reparación y fabricación de colchones: (*$260.34)—(**$184.82)
Colocador de mosaicos y azulejos: (*$260.34)—(**$195.44)
Yesero en construcción de edificios y casa: (*$260.34)—(**$186.12)
Cortador en manufactura de calzado: (*$260.34)—(**$181.24)
Costurero confección de ropa en taller: (*$260.34)—(**$179.08)
Costurero confección de ropa a domicilio: (*$260.34)—(**$183.78)
Acomodador de autos en estacionamientos: (*$260.34)—(**$187.34)
Chofer de camión de carga en general: (*$260.34)— (**$203.52)
Chofer de camioneta de carga en general: (*$260.34) —(**$197.75)
Chofer operador de vehículos con grúa: (*$260.34)—(**$190.22)
Operador de draga: (*$260.34)—(**$210.84)
Ebanista en fabricación y reparación de muebles: (*$260.34)—(**$198.97)
Electricista e instalador eléctrico: (*$260.34)—(**$195.44)
Electricista en la reparación de automóviles y camiones: (*$260.34)—(**$197.34)
Electricista reparador de motores en talleres: (*$260.34)—(**$190.22)
Empleado de góndola, anaquel en tienda de autoservicio: (*$260.34)—(**$175.77)
Encargado de bodega y/o almacén: (*$260.34)—(**$182.04)
Dependiente de ferreterías y tlapalerías: (*$260.34)— (**$185.67)
Fogonero de calderas de vapor: (*$260.34)—(**$191.61)
Gasolinero: (*$260.34) —(**$179.08)
Oficial de herrería: (*$260.34)—(**$192.92)
Hojalatero en la reparación de automóviles y camiones: (*$260.34)—(**$196.14)
Jornalero agrícola: (*$260.34)—(**$195.43)
Lubricador de automóviles, camiones: (*$260.34)—(**$180.44)
Manejador en granja avícola: (*$260.34)—(**$173.86)
Operador de maquinaria agrícola: (*$260.34)—(**$200.41)
Operador de máquinas para madera en general: (*$260.34)—(**$191.61)
Mecánico: (*$260.34) — (**$205.96)
Montador en talleres y fábricas de calzado: (*$260.34)—(**$181.24)
Peluquero y cultor de belleza: (*$260.34)—(**$187.34)
Pintor de automóviles y camiones: (*$260.34)—(**$192.92)
Pintor de casas, edificios y construcciones: (*$260.34)—(**$191.61)
Planchador a máquina en tintorerías y lavandería: (*$260.34)—(**$179.34)
Plomero en instalaciones sanitarias: (*$260.34)—(**$191.95)
Radiotécnico reparador de aparatos eléctricos: (*$260.34)—(**$198.97)
Recamarero en hoteles: (*$260.34)—(**$175.77)
Dependiente de refaccionaria de automóviles: (*$260.34)—(**$182.04)
Reparador de aparatos eléctricos para el hogar: (*$260.34)—(**$189.50)
Reportero en prensa diaria impresa: (*$387.09)— (**$387.09)
Reportero gráfico en prensa diaria impresa: (*$387.09)—(**$387.09)
Repostero o pastelero: (*$260.34)—(**$199.42)
Oficial en sastrería en trabajo a domicilio: (*$260.34)—(**$200.41)
Secretario auxiliar: (*$260.34)—(**$205.55)
Soldador con soplete o con arco eléctrico: (*$260.34)—(**$197.34)
Tablajero y/o carnicero: (*$260.34)—(**$187.34)
Tapicero de vestiduras de automóviles: (*$260.34)—(**$190.22)
Tapicero en reparación de muebles: (*$260.34)—(**$190.22)
Trabajador del hogar: (*$260.34)—(**$187.92)
Trabajador social: (*$260.34)—(**$222.67)
Vaquero / ordeñador a máquina: (*$260.34)—(**$175.77)
Velador: (*$260.34)—(**$179.08)
Vendedor de piso de aparatos de uso doméstico: (*$260.34)—**($183.78)
Zapatero en talleres de reparación de calzado: (*$260.34)—(**$181.24)

Aquel día se dijo que el salario mínimo ha aumentado 42% en términos reales desde que inició el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en diciembre de 2018.

Este incremento del 22% se suma al de 15% en 2021, 20% en 2020, y 16% en 2019, según revelan datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); además, llegará tras el repunte del 6% del PIB que espera el Gobierno de México para 2021, luego de la caída histórica de 8.2% en enero.

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